Página de información de Rotulación de letras en realce y productos similares de QuimiNet. QuimiNet es un Portal Industrial Líder en el mundo, donde encontrará mucha Información y Herramientas de Negocio. A continuación un índice de la información contenida en esta página:
Proveedores de Rotulación de letras en realce |
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Si usted desea saber quién vende, comercializa, distribuye u ofrece Rotulación de letras en realce o productos similares, a continuación le mostramos una lista de vendedores o comercializadores que son fabricantes (productores), exportadores, distribuidores y en general suplidores / proveedores de Rotulación de letras en realce. Para poder elegir mejor, en el listado puede ver de acuerdo a su ubicación donde comprar Rotulación de letras en realce, solicitar información, precios o una cotización a las empresas que venden, exportan, manejan, manufacturan, ofrecen o comercializan este producto:
| Empresa | Producto | Información de contacto |
|---|---|---|
| Grupo Reyes Cano cobertura: México | Rotulación de letras en realce, rotulación, Rotulación en stands, Rotulación en lonas | Somos proveedores de Rotulación de letras en realce en Quetzalcoatl No. 10 Col. Tlaxpana Mexico, D.F. C.P. 11370 . México Datos y productos de Grupo Reyes Cano |
| Grupo Tucan cobertura: Latinoamérica | Realce | Ofrecemos Realce en Av. Azcapotzalco # 206 Col. Angel Zimbron Mèxico, D.F. C.P. 02099 . México Datos y productos de Grupo Tucan |
| Cosmo Acril cobertura: NACIONAL | REALCE, REALCE MOLDEADO, Letras recortadas, Letras en moldeo | Somos un proveedor de REALCE en San Isauro no. 20 Col. Santa Ursula Coapa Ciudad de México, D.F. C.P. 4600 . México Datos y productos de Cosmo Acril |
| FotoGrabado Cesmo cobertura: .. | Realce | Somos proveedores de Realce en F.J. De Torquemada 18 Col. Obrera México, D.F. C.P. 6800 . México Datos y productos de FotoGrabado Cesmo |
| Salomón Mendoza | Realce, Realce en seco | Ofrecemos Realce en Calle León y Gama # 59 Int. 1 Col. Obrera México, D.F. . México Datos y productos de Salomón Mendoza |
| Universo Gráfico | Realce | Somos un proveedor de Realce en Av. Tlahuac 1416-B Col. Lomas de San Lorenzo México, D.F. C.P. 9780 . México Datos y productos de Universo Gráfico |
| Fotograbado Vallejo | Realce | Somos proveedores de Realce en Donizetti 168 Local "D" Col. Vallejo México, D.F. C.P. 7870 . México Datos y productos de Fotograbado Vallejo |
| Serimundo Sam`s | Realce | Ofrecemos Realce en José Toribio Medina 107-A Col. Algarín México, D.F. C.P. 6880 . México Datos y productos de Serimundo Sam`s |
| Tona-Lidad | Realce | Somos un proveedor de Realce en México, D.F. . México Datos y productos de Tona-Lidad |
| Impresiones | Realce | Somos proveedores de Realce en 5 Febrero No. 805-1 Col. Alamos México, D.F. C.P. 3400 . México Datos y productos de Impresiones |
| Organización Tipográfica | Maquila de realce | Ofrecemos Maquila de realce en Eje Central Lázaro Cárdenas 173 Col. Doctores México, D.F. C.P. 6720 . México Datos y productos de Organización Tipográfica |
| Suajes y Suajados Capricornio cobertura: A TODO EL MUNDO | Realce en seco | Somos un proveedor de Realce en seco en Alvaro Obregón No. 69 Col. Santa Anita México, D.F. . México Datos y productos de Suajes y Suajados Capricornio |
| Universal Engraving de México | Realce en combinación, Realce en seco | Somos proveedores de Realce en combinación en Cafetal No. 351 Col. Granjas México México, D.F. C.P. 8400 . México Datos y productos de Universal Engraving de México |
| Encuadernación e Impresiones Ávila Hermanos | Realce en seco | Ofrecemos Realce en seco en Serapio Rendón No. 38 Col. San Rafael México, D.F. C.P. 6470 . México Datos y productos de Encuadernación e Impresiones Ávila Hermanos |
| Grabados SRT Impresos | Realce en blanco | Somos un proveedor de Realce en blanco en Antonio Solís No. 29 Col. Obrera México, D.F. C.P. 6880 . México Datos y productos de Grabados SRT Impresos |
| Directorio de empresas | Catálogo de proveedores |
Solicitudes de compradores de: Rotulación de letras en realce |
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| ID | Producto de Interés | Consumo | Ubicación | Puesto | Observaciones |
|---|---|---|---|---|---|
| 544609 | Compra de Realce en seco | 2 Piezas Mensual |
Comprador de Realce en seco en guerrero, México | administrativo |
son varios sellos los que necesito cotizar con dif. caracteristicas
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| 135605 | Compra de Anuncio de letras | 2 Piezas Mensual |
Comprador de Anuncio de letras en MEXICO, México | COORDINACION DE SERVICIO A SUCURSALES |
de canal con pintura electrostatica
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| 194543 | Compra de LETRAS DE GOLPE | 23 Piezas Única vez |
Comprador de LETRAS DE GOLPE en mexico, México | COMPRAS |
GRABAR
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| 283641 | Compra de letras de bronce | 3 Piezas Para pruebas |
Comprador de letras de bronce en Coah, México | Asistente |
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| 290521 | Compra de letras de golpe | 1 Servicios Semestral |
Comprador de letras de golpe en DISTRITO FEDERAL, México | COORDINADOR DE MANUFACTURA |
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| 315870 | Compra de letras de golpe | 20 Piezas Bimestral |
Comprador de letras de golpe en CHIHUAHUA/CHIHUAHUA/PRODUCCION, México | GERENTE |
requiero letras de golpe de 3/8 por 23/4 largo pero solamente la letra B y K
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| 324816 | Compra de Corte de letras | 4 Servicios Mensual |
Comprador de Corte de letras en TABASCO, México | ADMINISTRADOR |
letras de aluminio
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| 324913 | Compra de letras de aluminio | 3 Piezas Mensual |
Comprador de letras de aluminio en TABASCO, México | ADMINISTRADOR |
me dijeron que ustedes me pueden maquilar unas letras de aluminio con canal para leds
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| 344578 | Compra de LETRAS DE GOLPE | 1 Piezas Única vez |
Comprador de LETRAS DE GOLPE en PUebla, México | Compras |
jgo de letras de golpe de 3 mm izquierdas JUEGO DE 27 PIEZAS P/MARCAR
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| 348887 | Compra de Letras de aluminio | 33 Piezas Única vez |
Comprador de Letras de aluminio en QUERÉTARO, México | ADMINISTRACIÓN DE PROYECTOS |
LETRAS DE ALUMINIO DE 20 CM DE ALTURA Y 4 CM. DE GROSOR, PARA UN MURETE DE ACCESO A UN FRACCIONAMIENTO, ...
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Clientes o compradores de: Rotulación de letras en realce |
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Si usted desea saber quién compra, busca, importa, solicita, consume o requiere Rotulación de letras en realce o productos similares, a continuación le presentamos una lista de algunos potenciales compradores de Rotulación de letras en realce o similares seleccionados:
| No. de Oportunidad | Comprador de Rotulación de letras en realce | Ubicación del comprador | Cantidad requerida | Información de contacto | Opine y Califique |
|---|---|---|---|---|---|
| 137303 (8-Dic-2007) |
hotel posada del artista |
michoacan, México |
5 Piezas Única vez |
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|
| 135605 (3-Dic-2007) |
FINANCIERA MEXICANA PARA EL DESARROLLO R |
MEXICO, México |
2 Piezas Mensual |
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|
| 135514 (3-Dic-2007) |
CAST DISEÑO |
CHIAPAS, México |
14 Piezas Única vez |
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Empresas que incluyen en su nombre el término Rotulación de letras en realce |
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| Empresa | Dirección / Información de contacto |
|---|---|
| Signos Rotulación | Calle 8 No. 215 Col. Granjas San Antonio México, D.F. C.P. 9070 , México |
Noticias que incluyen en su texto el término Rotulación de letras en realce |
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Si usted requiere información de Rotulación de letras en realce que incluyan en su texto el término Rotulación de letras en realce (Parcial o Completamente), a continuación le presentamos una lista de artículos exclusivos publicados en el portal. Los artículos pueden incluir Definición del producto, Información Técnica, Propiedades, Características, Condiciones de Manejo y Disposición, Tipos, Usos y Aplicaciones, Nuevos Desarrollos, Problemas asociados, todo tipo de información de Rotulación de letras en realce y mucho más. Usted puede leer en forma gratuita cada artículo y dar clic en Ampliar para ver el contenido completo:
Los cosméticos vendidos o distribuidos en los Estados Unidos, manufacturados en el país o importados, deben estar de acuerdo con las estipulaciones de la Ley Federal de Drogas, Alimentos y Cosméticos (FD&C Act), la Ley Justa de Empaquetado y Rotulación, (Fair Packaging and Labeling Act (FPLA), y las regulaciones publicadas bajo la autoridad de estas leyes.
Las regulaciones publicadas por la Administración de Drogas y Alimentos (FDA) están codificadas en el Título 21 del Código de Regulaciones Federales (21 CFR). Las regulaciones pertinentes a los cosméticos están indicadas en el 21 CFR, partes 700 a 740 (21 CFR 700 to 740). Las regulaciones sobre colores añadidos a los cosméticos se encuentran en el 21 CFR 73, 74 y 82. Copias de los volúmenes del 21 CFR que contienen estas regulaciones pueden obtenerse a precio corriente del Superintendente de Documentos, U.S. Government Printing Office, Washington DC 20402, teléfono (202) 783-3238.
La ley Federal de Alimentos, Drogas y Cosméticos (FD&C Act) define los cosméticos como artículos para ser aplicados en el cuerpo humano para limpiar, embellecer, aumentar el atractivo físico o alterar la apariencia sin afectar la estructura del cuerpo o sus funciones. Incluidos en esta definición hay productos como las cremas para la piel, lociones, perfumes, lápices para los labios, esmaltes para las uñas, preparaciones para el maquillaje de la cara y los ojos, champúes para el lavado del cabello, ondulados permanentes, tinturas de colores para el pelo, dentífricos, desodorantes y cualquier otro material deseado como ingrediente de un producto cosmético. Productos de jabón que consisten principalmente de una sal alcalina de un ácido graso, que en su etiqueta no hacen ninguna afirmación fuera de la de limpiar el cuerpo humano, bajo la ley, no son considerados como cosméticos.
Los productos que son cosméticos y a la vez se usan para tratar o prevenir una enfermedad, o que de alguna manera afectan la estructura o las funciones del cuerpo humano, son considerados como drogas y deben cumplir, no solamente con las estipulaciones de los cosméticos, sino también con las de las drogas. Ejemplos de algunos de ellos, son los dentífricos anticaries, (e.g., cremas dentales con fluoruro) cremas con hormonas, preparaciones para protegerse contra las quemaduras de los rayos solares, antisudorales que a la vez son desodorantes y champúes para el cabello que al mismo tiempo combaten la caspa.
Los cosméticos más comunes que también son drogas, se venden sin receta médica o sobre el mostrador. Muchas son drogas nuevas cuya seguridad y efectividad hubo de ser comprobada por la agencia antes de ser puesta al mercado. Una droga nueva es una que generalmente no es reconocida por los expertos como segura y efectiva bajo las condiciones del uso deseado, o que ha sido reconocida pero no usada hasta tal punto o tiempo bajo ciertas condiciones.
Las condiciones regulatorias para drogas son más extensas que las condiciones para los cosméticos. Por ejemplo, el Acto Federal de Alimentos, Drogas y Cosméticos exige que los manufactureros de drogas se registren con la FDA cada año y actualicen sus listas de todas las drogas manufacturadas dos veces por año. Véase 21 CFR 207. Además las drogas deben ser manufacturadas de acuerdo a las buenas prácticas y regulaciones acostumbradas y codificadas en 21 CFR 210 y 211.
El Acto Federal de Alimentos Drogas y Cosméticos prohíbe la distribución de cosméticos que han sido adulterados o falsamente marcados. Un cosmético se considera adulterado o falsamente marcado si contiene una substancia que pueda convertir el producto en algo peligroso o perjudicial para los consumidores bajo condiciones de uso normal; si el producto contiene una substancia sucia, podrida o en estado de putrefacción; si el envase está hecho de una substancia peligrosa; si ha sido manufacturado o mantenido bajo condiciones antihigiénicas, en donde haya podido contaminarse con suciedad, convirtiéndose en un peligro para los consumidores; o si no es una tintura para el cabello que contiene un colorante añadido de un color no permitido.
Tinturas de alquitrán para el cabello con una advertencia prescrita por la ley en la etiqueta, ilustraciones y una "prueba de emplasto" para determinar la sensibilidad alérgica, están libres de la estipulación de adulteración, aún si causan irritación en la piel o de otra manera son perjudiciales para el cuerpo humano. Las tinturas para las pestañas y las cejas no están incluidas en esta exención. Todas las tinturas en los productos para el teñido de pestañas y cejas, deben ser aprobados por la FDA para tales usos.
Un cosmético se considera falsamente marcado cuando su etiqueta o rótulo es falso o engañoso, no tiene la información requerida o está incompleta, o si el recipiente o envase ha sido manufacturado o llenado de manera fraudulenta.
Aunque el Acto Federal de Drogas, Alimentos y Cosméticos no exige a los manufactureros de cosméticos ni sus distribuidores prueba de la seguridad de sus productos, la FDA recomienda enfáticamente a los primeros, llevar a cabo pruebas toxicológicas y de otra índole, apropiadas para comprobar la seguridad de sus cosméticos. Si la seguridad de un cosmético no es adecuadamente comprobada, el producto será considerado como falsamente marcado y puede ser sujeto a medidas regulatorias, a menos que su rótulo exhiba la siguiente manifestación de alarma: "Advertencia - La seguridad de este producto no ha sido determinada. Véase 21 CFR 740.10.
Con la excepción de colorantes añadidos y unos pocos ingredientes prohibidos, los manufactureros de cosméticos pueden, bajo responsabilidad personal, usar esencialmente cualquier materia o substancia cruda como ingrediente de un cosmético y lanzar el producto al mercado sin aprobación alguna. La ley exige que los colorantes añadidos a alimentos, drogas y cosméticos deben ser verificados y aprobados por la FDA en cuanto a seguridad, según sea su uso en el futuro. Un cosmético con un colorante añadido que no pertenezca a la lista y no ha sido aprobado por la FDA para un uso definido, es considerado alterado y sujeto a acción reguladora. La lista de los aditivos aprobados para el uso de los cosméticos está en el 21 CFR 73, 74 y 82.
El uso de los siguientes ingredientes en los cosméticos es restringido o prohibido: bitional, compuestos de mercurio, cloruro de vinilo, salicilanilides halogenados, complejos de zirconio en cosméticos de aerosol, cloroformo, cloruro de metileno, propulsantes de clorofluorocarburo y exaclorofeno. Véase 21 CFR 700.11 a 700.23 y 250.250. La agencia también considera como cosméticos adulterados, productos para las uñas que contengan metilo metacrilato monóme o aquellos con más de 5% de formaldehido. Aunque no prohibido por ley o la regulación, los manufactureros de productos de fragancias cosméticas voluntariamente han acordado no usar, o por lo menos limitar, el uso máximo de niveles de ciertos ingredientes escogidos que son causa de despigmentación y reacciones alérgicas irritantes, neurotóxicas o fototóxicas.
Aunque el Acto Federal de Alimentos, Drogas y Cosméticos no exige a las firmas de cosméticos que registren con la FDA los establecimientos de manufactura ni las formulaciones, o hace asequible datos sobre seguridad o cualquier otra información, antes de que un producto salga al mercado en los Estados Unidos, los manufactureros y distribuidores de cosméticos pueden rendir esta información voluntariamente. El registro voluntario de una firma o producto y la asignación de un número de registro por la agencia, no significa que ha sido aprobado por la FDA . Cualquier uso del número de un registro en la rotulación debe estar acompañado de una carta de renuncia muy clara como lo prescribe la regulación. Véase 21 CFR 710, 720 y 730.
Los cosméticos distribuidos en los Estados Unidos deben cumplir las regulaciones de la rotulación publicadas por la FDA, bajo la autoridad del FD&C Act y el FPLA. La rotulación significa todos los rótulos, etiquetas, material escrito, impreso, ilustrado en el empaque o acompañando un producto. Las afirmaciones exigidas bajo la autoridad del Acto FD&C deben aparecer en la parte interior lo mismo que en cualquier envase exterior o envoltura del producto. Los requisitos del FPLA, por ejemplo, la rotulación acerca de los ingredientes y la declaración de la cantidad neta del contenido en el panel principal, solamente corresponden a la etiqueta del envase exterior. Las demandas del rotulado están codificadas en el 21 CFR 701 y 740. Cosméticos llevando información falsa o engañosa o de cualquier manera no siendo rotulados de acuerdo con los requisitos, pueden ser catalogados como marcados falsamente y sujetos a acción reguladora.
El panel principal de exhibición, por ejemplo, es la parte del rótulo seguramente más exhibida o examinada bajo circunstancias normales de venta, (21 CFR 701.10) y generalmente lleva el nombre del producto. Este panel debe identificar describiendo por el nombre o por una ilustración, la naturaleza o uso del producto y ofrecer una descripción precisa de la cantidad neta del contenido del cosmético en el paquete en términos de peso, unidad de medida, o una combinación de unidad de medida y peso. La declaración debe ser clara y precisa, tal como lo ordena la regulación.
La cantidad neta de contenidos de un cosmético sólido, semisólido o viscoso, debe ser en términos de libras y onzas y una afirmación de medida líquida debe ser en los términos del galón norteamericano (U.S. gallon) de 231 pulgadas cúbicas, cuarto, pinta y subdivisiones de onza fluida de ahí en adelante. Si la cantidad neta del contenido sobrepasa una libra o una onza, debe ser expresada en onzas, seguida de un paréntesis ( ) por una declaración de la unidad entera más larga (por ejemplo, libras y onzas o cuartos y pintas y onzas). La cantidad neta del contenido, puede además manifestarse in términos del sistema métrico de pesos y medidas.
El nombre y dirección de la firma distribuyendo el producto, debe figurar en un panel de información del rótulo (21 CFR 701.12. La dirección debe ser completa con nombre de la calle, ciudad, estado y código postal (zip code). Si la firma aparece en la lista de una ciudad corriente o directorio telefónico, la dirección de la calle puede ser omitida. Si el distribuidor no es el manufacturero o empacador, esta información debe figurar en el rótulo por medio de la frase "Manufacturado por ..." o "Distribuido por ..." o un lenguaje similar.
La Ley de Tarifas o Legislación Arancelaria de 1930 (19 U.S.C. 1304) exige que todos los artículos importados mencionen en el rótulo, el nombre del país de origen en el idioma inglés. (Véase también 19 CFR 134)
Todo el lenguaje y afirmaciones requeridas por las regulaciones deben ser presentadas en el idioma inglés y deben ser colocadas en los rótulos con claridad y prominencia, de manera que sean fácilmente vistos y comprendidos por los consumidores, bajo las acostumbradas condiciones de compra. (21 CFR 701.2).
Los cosméticos producidos o distribuidos al por menor a consumidores para su cuidado personal, deben llevar una declaración de ingredientes (21 CFR 701.3). Los cosméticos no distribuidos comúnmente en ventas al por menor, por ejemplo, preparaciones para el cabello o productos de maquillaje usados por profesionales en los consumidores en sus establecimientos, o limpiadores de la piel obtenibles por la clientela en sus sitios de empleo, están exentos de este requisito, siempre y cuando los productos no sean vendidos también en establecimientos profesionales, o lugares de trabajo para su consumo en el hogar.
La presentación de los ingredientes debe ser prominente, clara de manera fácil de ver y leer al comprarla. Puede aparecer en uno de los paneles de información del envase exterior, por ejemplo, en un panel de información del cartón plegadizo, caja o envoltorio si el envase inmediato está empacado así. Si no ha sido empacado en un envase exterior, debe aparecer en un panel de información del frasco, tubo o botella conteniendo el producto. La presentación de los ingredientes también puede aparecer en una etiqueta, cinta o tarjeta firmemente adherida al envase exterior. Las letras no deben medir menos de 1/16 pulgada de altura (21 CFR 701.3 (b). Si el total de la superficie disponible para lleval el rotulado es menos de 12 pulgadas cuadradas, las letras no pueden ser menos de 1/32 de pulgada en altura, (21 CFR 701.3 (p) ). La rotulación de ingredientes fuera del empaque es permitido cuando el cosmético ha sido mantenido en anaqueles o charoles, o herméticamente empacado en un cartón plegadizo cuya superficie de empaque es menor de 12 pulgadas cuadradas (21 CFR 701.3 (i) ).
Los ingredientes deben ser explicados en orden descendiente de importancia. Colorantes añadidos (21 VFR 701.3 (f) (3) e ingredientes presentes al uno por ciento o menos (21 CFR 701.3 (f) (2) ) pueden ser mencionados después de los ingredientes presentes, en concentraciones excediendo el uno por ciento sin tener en cuenta el predominio. Los ingredientes deben ser identificados por los nombres establecidos o adoptados por regulación (21 CFR 701.3 (c); aquellos aceptados por la FDA como exentos de información pública pueden ser mencionados como "y otros ingredientes" (21 CFR 701.3 (a) ).
Los cosméticos que a la vez son drogas deben identificar primero los ingredientes medicinales (si es más de uno), como "ingredientes activos" antes de enumerar los ingredientes de los cosméticos (21 CFR 701.3 (d) )
Cosméticos potencialmente peligrosos para los consumidores cuando son erróneamente usados deben exhibir advertencias apropiadas en el rótulo o etiqueta, a más de las instrucciones de seguridad para su uso. Las advertencias deben ser vistosas y aparecer en lugar prominente. Algunas cosméticos requieren advertencias y sugieren cautela en la manera prescrita por las regulaciones (21 CFR 740). Cosméticos en empaques a presión (aerosol) rociadores de desodorantes femeninos y ampollas para hacer burbujas de jabón para los bebés, son ejemplos de productos que deben llevar este tipo de advertencias.
Productos para la higiene oral (enjuagues refrescantes para la boca) y todos los productos cosméticos vaginales (duchas, tabletas) deben ser empaquetados a prueba de violación al ser vendidos al por menor. Un paquete es considerado a prueba de violencia cuando tiene un indicador o barrera de entrada (una cinta selladora, un cartón sellado, tubo, bolsa o recipiente aerosol), el cual al ser fracturado a la fuerza, alerta al consumidor que una violación ha ocurrido. El indicador deberá tener un diseño claro e inconfundible (tapa rompible, ampolla plástica) o apariencia (palabra, viñeta o ilustración) para imposibilitar la substitución. El distintivo a prueba de violación puede envolver el producto inmediato, el envase exterior o ambos. El paquete también debe mostrar en forma prominente una advertencia alertando al consumidor acerca del distintivo. Esta advertencia debe permanecer sin daño alguno aunque el distintivo sea destrozado o removido. Véase 21 CFR 700.25.
Para el cumplimiento de la ley, la FDA puede llevar a cabo exámenes e investigaciones, inspeccionar establecimientos en donde los productos han sido manufacturados o retenidos y embargar cosméticos adulterados (perjudiciales), falsamente marcados (incorrectamente, engañosamente rotulados o envasados). A productos extranjeros adulterados o falsamente marcados, les será rehusada la entrada a los Estados Unidos. Para prevenir futuros cargamentos de productos adulterados o falsamente marcados, la agencia tiene el derecho de solicitar de una corte de distrito federal, una orden de restricción contra el manufacturero o distribuidor del cosmético violador. Además, la FDA también puede iniciar acción criminal contra una persona violando la ley. Ejemplos de productos detenidos son preparaciones para las uñas conteniendo metilo metacrilato o formaldehido, algunos productos para teñir cejas y pestañas conteniendo combinaciones prohibidas de tintes de carbón-alquitrán y productos contaminados con microorganismos peligrosos.
Información adicional relacionada con los requisitos para el mercadeo de cosméticos debe ser dirigida a la Administración de Drogas y Alimentos, División de Colores y Cosméticos (HFF-440) 200 C Street SW, Washington, DC 20204. Preguntas con respecto a los requisitos para el mercadeo de productos que a la vez son cosméticos y drogas, también deben ser dirigidas a: Division of Drug Labeling, OTC Compliance Branch (HFN-312), 5600 Fishers Lane, Rockville, MD 20857.
Información obtenida de
Administración de Drogas y Alimentos de los Estados Unidos
Centro de Seguridad de Alimentos y Nutrición Aplicada
IAS* Folleto: 1992
http://www.cfsan.fda.gov/~mow/scos-hdb.html
La serigrafía es un método de reproducción de documentos e imágenes sobre casi todos los materiales, que consiste en transferir una tinta a través de una gasa (anteriormente era con una seda, tensada en un marco, de ahí el nombre), el paso de la tinta se bloquea en las áreas donde no habrá imagen mediante una emulsión o barniz, quedando libre la zona donde pasará la tinta.
Se sitúa la gasa, unida a un bastidor para mantenerla tensa, sobre el soporte a imprimir y se hace pasar la tinta a través de ella, aplicándole una presión moderada con una rasqueta, generalmente de caucho.
La serigrafía es un sistema de impresión milenaria. Si bien no hay datos exactos, se cree que se remonta a los chinos, que según una leyenda utilizaban cabellos de mujer entrelazados a los que les pegaban papeles, formando dibujos que luego se laqueaban para que quedara impermeables. Posteriormente se cambió el material por la seda, de ahí proviene su nombre aunque modificado.
Su nombre original es sericum (seda, en latín) graphe (escribir, en griego), por el uso de la seda como su componente original. En Europa se utilizó para imprimir telas, en lo que se llamó “impresión a la lionesa”, por ser el lugar en donde se aplicaba este sistema. En Francia fue el pintor Toulouse Lautrec el que la usó para los afiches del Moulin Rouge. Toda esta técnica se hacía a mano, o sea que había que dibujar primero sobre la tela haciendo el dibujo. Es en Estados Unidos, y con el auge de la fotografía y los productos químicos, donde toma un impulso espectacular, y actualmente se ven artículos hechos en serigrafía; vasos, platos, cerámicas, etiquetas, remeras, circuitos impresos, envases, entre otros.
Para buscar proveedores o empresas que venden tintas para serigrafía, solicitar una cotización o precio de tintas para serigrafía o más información, visite nuestro buscador de la industria.
A continuación le presentamos a Lacas y Tintas de México, proveedor de tintas para serigrafía:
Lacas y Tintas de México S. A. de C. V. (Lytsa), es una empresa que fabrica y comercializa tintas, pinturas, esmaltes, impermeabilizantes, lacas, y un amplio tipo de recubrimientos que satisfagan plenamente los requerimientos técnicos y económicos de todos los sectores demandantes de estos productos.
Conozca el Perfil, Productos, Dirección y Teléfono de Lytsa.
O bien, haga contacto directo con Lytsa para solicitar mayor información sobre tintas para serigrafía.
Por experiencia se sabe que unos líquidos se calientan con más facilidad que otros. Es decir, requieren menos cantidad de calor para elevar la temperatura en la misma cantidad de grados. De la misma manera, a mayor cantidad de líquido más tardan en calentarse, es decir, requieren más cantidad de calor para elevar su temperatura.
Dos líquidos pueden en un momento dado tener la misma temperatura y sin embargo haber recibido cantidades diferentes de calor, ya sea porque absorben calor en diferentes proporciones por su naturaleza molecular o porque hay diferentes cantidades del mismo líquido. La cantidad de calor que absorbe un líquido es directamente proporcional al tiempo en que permanece en contacto con la fuente de calor o con el cuerpo más caliente.
La capacidad calorífica de un cuerpo es la capacidad que tiene para absorber calor, es decir el número de calorías que requiere el cuerpo para elevar la temperatura en 1ºC.
Indica la mayor o menor dificultad que presenta dicha sustancia para experimentar cambios de temperatura bajo el suministro de calor. Puede interpretarse como una medida de inercia térmica. Se suele designar con las letras C o c.
Para medir la capacidad calorífica bajo unas determinadas condiciones es necesario comparar el calor absorbido por una sustancia (o un sistema) con el incremento de temperatura resultante.
Este estudio se lleva a cabo mediante la aplicación de técnica Modulada del Calorímetro Diferencial de Barrido. Este modo de trabajo permite separar las transiciones relacionadas con la capacidad calorífica (Tg, Tm) de las relacionadas con cambios Cinéticos (Tc, entrecruzamiento, relajaciones). Esto se lleva a cabo al afectar el incremento de temperatura con amplitud y frecuencia.
A continuación le presentamos a Centro de Investigación en Química Aplicada (CIQA), proveedor de servicios de determinación de capacidad calorífica:
Centro de Investigación en Química Aplicada (CIQA), realiza actividades de investigación, docencia y servicios tecnológicos en el área de química, polímeros y disciplinas afines para contribuir al progreso del sector industrial, educativo y social.
El CIQA cuenta con un Calorímetro Diferencial de Barrido MDSC 2920 de TA Instruments con opción de Modulado, el cual se puede utilizar desde temperaturas de menos -60 a los 350°C. Además le personal de CIQA cuenta con amplia experiencia en el Análisis Térmico.
Dentro de las características que CIQA ofrece para la determinación de capacidad calorífica, es determinarla de manera rápida y confiable de los materiales. La Capacidad Calorífica se determina en muestras no corrosivas en estado sólido o líquido.
Conozca el Perfil, Productos, Dirección y Teléfono de CIQA.
O bien, haga contacto directo con CIQA para solicitar mayor información sobre el servicio de determinación de capacidad calorífica en pinturas y recubrimientos.
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